IDENTIFICACIÓN ANIMAL. ¿QUE DEBO SABER?
La identificación de nuestras mascotas es obligatoria desde el año 1997, y no solo la implantación de un sistema de identificación, sino la creación de una base de datos, que es una pieza fundamental para el control de los animales. Y desde el año 1999 es obligatorio para las administraciones correspondientes, crear un registro central informatizado de animales potencialmente peligrosos.
La identificación es fundamental en cualquier sociedad civilizada, nos permite saber datos fundamentales de la mascota como quien es su dueño y su teléfono o domicilio para su localización en caso de su perdida , podemos saber si ha sido abandonada, conocer si se le ha aplicado las vacunaciones obligatorias y buscar posibles responsabilidades en caso de accidente.
El medio de identificación actual es el microchip junto con la tarjeta identificativa correspondiente.
El microchip es un sistema electrónico, del tamaño de un grano de arroz, que se introduce debajo de la piel y que lleva asociado un número de identificación único, al que irán asociados los datos del animal y de su dueño, siendo registrados en una base de datos. El microchip debe ser implantado por un veterinario colegiado y autorizado para ello.
Las mascotas obligadas a ser identificadas son los perros, que deben ser identificados a los 3 meses como máximo de su nacimiento, o de su primera adquisición. Los gatos no están obligados a ser identificados, siendo opción del dueño el ponerles el microchip o no.
Una vez identificados, hay que tener en cuenta las obligaciones que se tienen como dueño:
-Comunicar la cesión, venta, muerte o extravío del animal en un plazode 5 días.
-Modificar los datos de la identificación si se hace un trasladopermanente o por un periodo superior a tres meses.
-Si se produce un cambio de dueño, modificar la titularidad del animal en un plazo máximo de un mes desde su adquisición.
-Y si se trata de animales potencialmente peligrosos, los futuros dueñosdeben obtener la licencia administrativa, antes de la tenencia del animal.Además si se pierden o son robados, debe ser
comunicado en 48 horasdesde que se tenga conocimiento de los hechos.
Ana Vicente naharro
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